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Indice | Qué opina de los procedimientos administrativos que impiden la atención en salud a la niñez
El artículo 27 del Código de Infancia y Adolescencia señala que: “Ningún Hospital, Clínica, Centro de Salud y demás entidades dedicadas a la prestación del servicio de salud, sean públicas o privadas, podrán abstenerse de atender a un niño, niña que requiera atención en salud”. Sin embargo, se viola la ley al ver que la prensa registra que los problemas administrativos son excusa, y resultan peligrando la vida de un niño o niña.

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la niñez debe prevalecer  en cualquier ambito; siendo la salud  un derecho fundamental desencadenando una violación al derecho de vivir...como podemos hablar de un futuro cuando nuestros niños y niñas ademas de ser maltratados fisicamente son victimas de la mala administracion de los hospitales y demas centros de atencion de salud...esto esta sucediendo cada vez mas a menudo hasta convertirse en una excusa los indices de mortandad que deja esta clase  de negligencia va en aumento dando como resultado un ESTADO  SOCIAL DE DERECHO INCIERTO y argumentando cada vez mas que definitivamente gran parte de nuestra constitucion es solo de mostrar...pues se cometen irregularidades y no se ha hecho mucho x disminuir estos casos...

02007-11-07 18:45:20


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